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Los 7 puntos que debe contener un contrato si firmas con una editorial

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Los 7 puntos que debe contener un contrato si firmas con una editorial

Imagínate el siguiente escenario: tienes un libro inédito (y varios autopublicados) y antes de que el texto salga a la luz, una editorial se fija en ti y en tu trabajo literario. Esta se contacta contigo para firmar un contrato con el objetivo de publicarlo bajo su sello. Entonces, ¿qué debes tener en consideración a la hora de estudiar el contrato?

Primero, ¡Felicidades! Ese es un gran logro que pocos(as) autores(as) consiguen. Segundo, antes de firmar un contrato debes tener en cuenta que es limitado el margen de negociación entre el(la) autor(a) y la editorial, puesto que la editorial interesada por tu trabajo sabe que no son muchos en la industria editorial los que apuestan por un(a) autor(a), ya que eso conlleva riesgos de inversión. Y tercero, debes saber que existen 2 tipos de contrato: el de edición y el de coedición.

¿Qué diferencia hay entre el contrato de edición y el de coedición?

En el contrato de edición la casa editorial se hará responsable de convertir tu trabajo literario en un libro. Es decir, velará por los procesos de corrección, maquetación, diseño de portada, impresión, conversión a eBook, distribución en distintos canales de ventas (librerías, supermercados (en Chile, Jumbo tiene destinado un pasillo para la venta de libros), multitiendas y sitios online), marketing y difusión de la obra. Por todo ese trabajo, la editorial se queda con un porcentaje y te entrega a ti una parte fijada por contrato. Este porcentaje equivale al 10 % del valor neto de la venta de tu obra.

La coedición es una mezcla entre el contrato de edición y la autopublicación. En simple, el(la) autor(a) paga una parte de los gastos que conlleva la publicación del libro, y el(la) editor(a) cubre el resto de los gastos. Tras la publicación, el(la) autor(a) recibe un porcentaje sobre las ventas de la obra acordado previamente en el contrato.

Siguiendo con el escenario que mencionamos más arriba, a continuación nos referimos a los 7 puntos que debe contener un contrato de edición.

Contrato de edición

Como todo documento legal, un contrato de edición o editorial debe ser SIEMPRE por escrito y este debe contener, a grandes rasgos, los siguientes 7 puntos:

  1. Los derechos de explotación que el(la) autor(a) cede al editor(a) y si lo hace en exclusiva. En este punto incluye los derechos de reproducción, distribución, difusión y transformación a lengua extranjera (traducción, adaptación).
  2. Ámbito territorial. En el contrato de edición se debe establecer claramente en qué países va a poder ser explotada la obra.
  3. Número de ejemplares que serán publicados. En el contrato debe quedar estipulado el número de ejemplares que la editorial publicará. Esto es en el caso de los libros impresos. En cuanto a los eBooks, se debe seguir el mismo procedimiento.  
  4. Características de la edición. Acá la editorial queda facultada para determinar el diseño, tipografía, ilustraciones, impresión, clase de papel, encuadernación, número de tomos y demás características que la editorial escoja para la obra. Esto también se aplica para la versión electrónica del mismo.
  5. La forma de distribución de los ejemplares y los que se reserven al autor(a), a los(as) reseñistas y críticos(as) literarios(as), y a la promoción de la obra.
  6. Pago por concepto de derechos de autor. La remuneración del autor suele fijarse de acuerdo con lo ingresado por ventas de su libro. Este pago, suele ser desde el 10% del valor neto de la obra (sin IVA), y las editoriales suelen entregar rendiciones de ventas 1 ó 2 veces al año. Sobre los eBooks este tiene un ingreso por venta para el(la) autor(a) de un 20% a un 25%. La editorial, con los libros digitales, ahorra costos de impresión, bodegaje y despacho, por lo que hay mayor margen de ganancia. No obstante, las editoriales suelen designar un pago mayor a autores(as) consagrados, a los que también les dan anticipos, tanto para libros impresos como ebooks. Recuerda que a la hora de la rendición se te debe adjuntar un informe detallado con los libros impresos, cantidad de textos vendidos, saldos disponibles en bodegas, librerías, entregados a consignación, mermas (libros dañados y que no se pudieron vender), etc.
  7. Tiempo definido para que el(la) autor(a) entregue la obra a la editorial.

Otro punto importante que debes considerar antes de firmar un contrato con una editorial es revisarlo con calma, y en lo posible asesórate con un(a) abogado(a) experto(a) en derechos de propiedad intelectual, en particular, a la Ley 17.336 que en Chile es la normativa sobre propiedad intelectual. Un(a) experto(a) puede ser algo costoso para un(a) escritor(a), pero si puedes hacerlo, hazlo y despeja todas tus dudas con el(la) experto(a) y el(la) editor(a).

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